El Cambio de Nombre o Apellido en Chile: Preguntas Frecuentes y Procedimientos Clave

Introducción

El proceso de cambio de nombres o apellidos en Chile constituye un trámite legal de profunda relevancia personal y jurídica. Se lleva a cabo principalmente a través de un tribunal civil, donde, una vez cumplidas todas las etapas establecidas por ley, se emite una orden al Servicio de Registro Civil e Identificación para que rectifique la partida de nacimiento del solicitante. Esta rectificación se extiende a otras partidas que estén directamente relacionadas con la persona, como la de matrimonio, de unión civil o las de nacimiento de sus hijos.1

La importancia de este servicio radica en su capacidad para alinear la identidad legal de una persona con su realidad social o personal. Este procedimiento permite abordar diversas situaciones, desde la modificación de nombres que puedan resultar ridículos o menoscabar moral o materialmente al individuo, hasta la necesidad de reflejar una identidad de género que no coincide con la asignada al nacer. Es un cambio significativo que repercute en múltiples aspectos de la vida del solicitante, afectando documentos oficiales, relaciones familiares y la percepción social de su identidad.

Marco Legal del Cambio de Nombre y Apellido

La Ley N° 17.344: Fundamentos y Alcance

La Ley N° 17.344 es la normativa fundamental que rige el cambio de nombres y apellidos en Chile.2 Esta ley establece el derecho inherente de toda persona a utilizar los nombres y apellidos con los que ha sido individualizada en su inscripción de nacimiento. Sin embargo, también contempla la posibilidad de modificar esta individualización bajo ciertas causales específicas.

Una característica distintiva de esta ley es que, en la mayoría de los casos, el cambio de nombre o apellido se autoriza por una única vez en la vida del solicitante.3 Esta disposición subraya la seriedad y la naturaleza permanente de la modificación. El Estado, a través de esta normativa, concibe la identidad como un elemento fundamentalmente estable, lo que implica que una alteración de tal magnitud debe ser el resultado de una decisión profundamente meditada. La dificultad para revertir el cambio, que implicaría un nuevo y complejo proceso judicial no garantizado 5, refuerza la necesidad de que los solicitantes estén completamente seguros de su elección. Por ello, la búsqueda de asesoría legal se vuelve esencial para asegurar que el nombre o apellido seleccionado se alinee con la identidad a largo plazo del individuo y para evitar posibles arrepentimientos futuros.

Otras Normativas Relevantes (ej., Ley 21.120 de Identidad de Género)

Es crucial diferenciar el alcance de la Ley N° 17.344 de otras normativas específicas, como la Ley N° 21.120 de Identidad de Género. Esta última ley permite la rectificación del nombre de pila y del sexo registral para aquellas personas cuya identidad de género no coincide con la asignada al nacer.9

La coexistencia de la Ley N° 17.344 y la Ley N° 21.120 revela una evolución en el reconocimiento legal de la identidad en Chile. Mientras que la Ley N° 17.344 es una normativa general y más antigua con limitaciones estrictas, como la posibilidad de un solo cambio, la Ley N° 21.120 es una legislación más moderna y específica que ofrece una mayor flexibilidad, permitiendo la rectificación hasta por dos veces.9 No obstante, es importante destacar que la Ley N° 21.120 se aplica exclusivamente al nombre de pila y al sexo registral, sin alterar los apellidos.11 Esta distinción indica que el marco legal chileno se está adaptando a nuevas comprensiones de la identidad personal, pero lo hace de manera segmentada, reconociendo la particularidad de la identidad de género. Para los solicitantes, comprender esta diferencia es fundamental, ya que las vías legales, los requisitos y el alcance de la modificación varían significativamente según la motivación detrás del cambio.

Requisitos Generales para Solicitar el Cambio

Para iniciar el proceso de cambio de nombre o apellido en Chile, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos fundamentales que la ley establece:

  • Mayoría de edad y excepciones para menores: El requisito general es ser mayor de edad.1 Sin embargo, la ley contempla excepciones para menores. Un menor puede iniciar el proceso bajo la Ley N° 17.344 si tiene al menos 5 años de edad y cuenta con la autorización de ambos padres. Sin embargo, se debe considerar que es difícil que el juez acceda al cambio siendo menor de 10 años para los casos bajo la Ley N° 17.344, sugieren que el cumplimiento de la edad mínima no es el único factor determinante. En la práctica judicial, los jueces ejercen una considerable discrecionalidad, probablemente basándose en el principio del «mejor interés superior del niño».14 Esto significa que, para niños muy pequeños, se espera una revisión judicial más rigurosa y una justificación sólida del cambio, ya que el tribunal prioriza el bienestar a largo plazo del menor dada la naturaleza permanente de la modificación.

En la práctica Cuando se trata de menores de 18 años Existen dos etapas del proceso extra. La primera Consiste en que se realiza una audiencia del menor donde el menor debe asistir solo sin la asistencia de sus padres por lo tanto es importante que él tenga muy claro porque se Está realizando el cambio y que esté completamente seguro del proceso que se Está realizando. La segunda consiste en que se solicita un informe al defensor público, que debe emitir dicho informe con conocimiento de la causa y manifestando su parecer respecto del proceso que se está llevando a cabo.

  • Nacionalidad chilena: Tradicionalmente, se ha requerido ser chileno para solicitar el cambio de nombre o apellido bajo la Ley N° 17.344.1 No obstante, la jurisprudencia reciente ha introducido una importante matización. Fallos de la Corte Suprema han acogido solicitudes de cambio de apellido de ciudadanos extranjeros con residencia en Chile bajo la Ley N° 17.344.

En el caso de que la persona que solicita el cambio es extranjera debe considerar que el proceso para él es incierto hasta el final pues existen ciertos jueces que tienden a fallar a favor y otros que tienden a fallar en contra  en este tipo de proceso.  y dado que no es posible elegir qué juez conocerá el caso no podemos saber si no hasta el final del proceso si realmente será positivo o negativo. En el caso de clientes extranjeros que quieran realizar el proceso con nosotros deben considerar que el servicio no contempla garantía.

  • Situación judicial y antecedentes penales: El solicitante no debe encontrarse formalizado en un proceso criminal ni haber sido condenado por un delito que «merezca pena aflictiva» (es decir, una pena mayor o igual a 3 años y 1 día). La única excepción a esta regla es que hayan transcurrido al menos 10 años desde el cumplimiento de la condena.
  • Necesidad de testigos y su rol: Se exige la presentación de testigos para respaldar la solicitud. El requisito general es contar con 2 testigos, quienes pueden ser familiares o amigos. Estos testigos tienen la función de declarar ante un Receptor Judicial, avalando la causal invocada, por ejemplo, confirmando que el solicitante ha sido conocido por más de cinco años con un nombre distinto al registral.
  • Documentación básica requerida: La documentación esencial para el trámite incluye el certificado de nacimiento, la cédula de identidad y cualquier otra prueba que demuestre el cumplimiento de las causales legales invocadas. En el caso de solicitar el cambio invocando la causal de menoscabo moral se debe acompañar certificados de psicólogos y o psiquiatras que acrediten tal situación.

Causales Legales que Habilitan el Cambio de Nombre o Apellido

El Artículo 1 de la Ley N° 17.344 establece de manera explícita las causales bajo las cuales una persona puede solicitar la modificación de su nombre o apellido.1 La existencia de estas causales específicas demuestra que el derecho a la identidad en Chile no es un derecho absoluto que permita un cambio por mera preferencia, sino que está condicionado a la existencia de razones justificadas y legalmente reconocidas. Esto implica que el proceso no es una simple formalidad, sino que requiere una argumentación sólida y la presentación de pruebas que demuestren el cumplimiento de alguna de estas condiciones.

Las causales son las siguientes:

  • Cuando unos u otros (nombres o apellidos) sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente: Esta causal busca proteger la dignidad y la integridad de la persona. Permite eliminar o modificar nombres o apellidos que, por su connotación o asociación, puedan causar vergüenza, burla, discriminación o cualquier tipo de perjuicio moral o material al individuo.
  • Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios: Esta causal reconoce la identidad social y de hecho de la persona por sobre su identidad registral. Permite formalizar legalmente un nombre o apellido que ya se encuentra arraigado y es ampliamente reconocido en la vida cotidiana y social del solicitante. Los «motivos plausibles» implican que la razón de ser conocido por un nombre distinto debe ser razonable y justificada, no meramente caprichosa.
  • En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales: Esta causal aborda situaciones relacionadas con la filiación incompleta o la duplicidad de apellidos. Su objetivo es permitir una individualización más adecuada y completa de la persona, especialmente en contextos donde la filiación no está plenamente establecida o donde la repetición de apellidos genera confusión.1

La mención de «causas fundadas» 14 y la capacidad de los abogados para «ajustar» casos a una causal existente 5 sugieren que, aunque el marco legal es estricto, existe un margen de discreción judicial para casos que, si bien no están explícitamente listados, son igualmente válidos y justificables. Esta flexibilidad es importante para situaciones complejas o únicas que no encajan perfectamente en una categoría predefinida, pero que merecen ser consideradas por el tribunal.

La siguiente tabla resume las causales principales para el cambio de nombre o apellido bajo la Ley N° 17.344:

Vías para Realizar el Trámite

En Chile, el proceso de cambio de nombre o apellido se puede llevar a cabo principalmente a través de dos vías: la judicial y la administrativa. La elección de la vía dependerá fundamentalmente de la causal invocada y del tipo de modificación que se busca.

Vía Judicial

La vía judicial es el camino principal para la mayoría de los cambios de nombre o apellido que se fundamentan en las causales de la Ley N° 17.344.2 El tribunal competente para conocer de estas gestiones es el Juez de Letras en lo Civil del domicilio del peticionario.

El proceso judicial implica varias etapas:

  1. Redacción y presentación de la demanda.
  2. Información sumaria de testigos.
  3. Recepción del informe del Registro Civil.
  4. Recepciòn del informe de Carabineros de Chile, de la Policia de Investigaciones y del Ministerio público. 
  5. Publicaciones en el Diario Oficial.
  6. Decisión del Tribunal y Sentencia.
  7. Inscripciòn de la sentencia en el registro civil para actualizar los registros oficiales.

Es indispensable contar con la asesoría y patrocinio de un abogado para iniciar y llevar a cabo el proceso judicial.

Vía Administrativa

La vía administrativa es de carácter excepcional y se aplica a casos muy específicos, siendo generalmente más expedita que la judicial.

Los casos donde aplica incluyen:

  • Cambio de nombre de pila y sexo registral por Ley N° 21.120 de Identidad de Género: Para personas mayores de 18 años que no mantengan un vínculo matrimonial vigente, esta ley permite la rectificación del nombre de pila y sexo registral directamente ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • Cambio en el orden de los apellidos: Recientemente, se ha establecido una vía administrativa que permite modificar el orden de los apellidos, posibilitando que el apellido materno anteceda al paterno. En este caso La única modificación posible es el cambio de orden de los apellidos pero no se pueden ni modificar los apellidos por otros ni cambiar los nombres dentro del mismo proceso.  en el caso que la persona quiera realizar otras modificaciones, Como por ejemplo, cambiar el orden de sus apellidos y además cambiar un nombre se recomienda que lleve a cabo todo el procedimiento de forma conjunta por la vía judicial. 

Preguntas Frecuentes (FAQs)

A continuación, se presenta un listado detallado de preguntas frecuentes relacionadas con el servicio de cambio de nombre o apellido en Chile, con sus respectivas respuestas elaboradas a partir de la información disponible:

¿Qué es el proceso de cambio de nombre o apellido en Chile?

El proceso de cambio de nombre o apellido en Chile es un trámite legal que permite a una persona modificar su individualización en su partida de nacimiento y, consecuentemente, en todos sus documentos oficiales. Este procedimiento se realiza principalmente a través de un tribunal civil, que, una vez finalizadas las etapas legales, ordena al Registro Civil la rectificación de la información. El cambio puede afectar tanto el nombre de pila como los apellidos, o ambos.

¿Quiénes pueden solicitar un cambio de nombre o apellido en Chile?

Cualquier persona tiene derecho a solicitar el cambio de su nombre o apellido, o incluso ambos al mismo tiempo, siempre que cumpla con los requisitos y causales establecidas en la Ley N° 17.344. Originalmente, el requisito era ser chileno. Sin embargo, la jurisprudencia reciente y algunas interpretaciones actuales indican que ciudadanos extranjeros con residencia en Chile también pueden solicitarlo, siempre que cumplan con los requisitos y justificaciones válidas.

¿Cuáles son los requisitos generales para acogerse al proceso?

Los requisitos generales incluyen:

  • Ser mayor de edad. Si es menor, debe tener al menos 5 años y contar con la autorización de ambos padres. 
  • Contar con 2 testigos (pueden ser familiares o amigos).
  • No encontrarse formalizado en un proceso criminal ni haber sido condenado por un delito que «merezca pena aflictiva» (mayor o igual de 3 años y 1 día), salvo que hayan transcurrido 10 años desde el cumplimiento de la condena.
  • Presentar la partida de nacimiento, certificado de nacimiento, cédula de identidad y toda prueba que demuestre el cumplimiento de las causales.

¿Cuánto tarda el proceso?

El plazo promedio para el proceso judicial de cambio de nombre o apellido es de 8 meses dependiendo del tribunal asignado para el caso y otros factores externos como la carga de trabajo del Registro Civil y los receptores judiciales.

¿Es seguro que el proceso tendrá éxito?

Si bien no se puede asegurar un 100% de éxito en cualquier proceso judicial, la experiencia de firmas especializadas indica una alta tasa de resultados positivos. 

¿El servicio es garantizado?

En cambiosdenombre.cl el servicio tiene garantía de doble tramitación, lo que significa que si el proceso termina con sentencia negativa se realiza una nueva tramitación sin costo.

¿Se puede revertir el cambio de nombre o apellido?

La ley es clara al señalar que el cambio de nombre o apellido se puede realizar solo una vez en la vida. 

¿Cuántas veces se puede cambiar el nombre o apellido?

La Ley N° 17.344 establece que el cambio de nombre o apellido se puede realizar por una sola vez en la vida. Es importante señalar que la Ley N° 21.120 de Identidad de Género permite la rectificación del nombre de pila y sexo registral hasta por dos veces 9, lo que constituye una diferencia fundamental con la Ley N° 17.344.

¿Puedo elegir cualquier nombre o apellido?

La regla general es que se puede elegir libremente el nombre o apellido que se desee, siempre y cuando se ajuste a alguna de las causales establecidas en la ley y se pueda probar dicha causal. Es fundamental que la persona esté segura de la decisión, ya que el nombre elegido la acompañará por el resto de su vida.5

¿Qué pasa si necesito cambiar el nombre o apellido de mi hijo/a y no tengo contacto con el otro padre?

En estos casos, se debe intentar localizar el domicilio del otro progenitor para notificarle la solicitud y citarlo a una audiencia donde se le preguntará su parecer. Es importante que independiente De que uno de los progenitores no tenga relación con el menor de todas formas el tribunal va a exigir la notificación y si no se obtiene dicha notificación es muy probable que el proceso falle y tenga un final negativo. 

¿Si cambio mi apellido, cambia el de mis hijos?

Si los hijos son menores de edad, el cambio de apellido del padre o madre se extenderá automáticamente a ellos.5 Si los hijos son mayores de edad, también se puede extender el cambio, pero ellos deben autorizarlo, manifestando su voluntad de optar por el nuevo apellido.5 Es importante destacar que el cambio de apellido no altera la filiación ni las relaciones de parentesco con los hijos.

¿Si cambio mi nombre o apellido se modificará mi RUT?

No, el cambio de nombre o apellido no afecta el Rol Único Tributario (RUT) de la persona. El número de RUT se mantiene inalterable, y la persona continúa siendo el mismo sujeto legal con los mismos progenitores e hijos.1

¿Se modificarán mis relaciones de parentesco?

No, el cambio de nombre o apellido no altera las relaciones de parentesco. El vínculo con hijos, padres, hermanos, etc., se mantiene inalterado legalmente.1

¿Si cambio mi apellido voy a perder mis derechos hereditarios?

No, por ningún motivo se perderán los derechos hereditarios a raíz de un cambio de nombre o apellido.1

¿Si cambio mi apellido voy a perder el derecho a pedir pensión alimenticia a mis padres?

No, no se perderá ese derecho. El cambio de apellido no afecta el derecho a solicitar pensión alimenticia a los padres.

¿Si cambio mi apellido paterno, se altera mi calidad de hijo/a?

No, el proceso de cambio de nombre o apellido solo modifica la forma en que el nombre aparecerá en la cédula de identidad, certificado de nacimiento, actas de matrimonio, etc., es decir, en todos los registros. Sin embargo, no altera en lo absoluto las relaciones familiares ni la calidad de hijo/a con el padre biológico.

¿Se modifica el acta de mi matrimonio si me cambio de nombre en Chile?

Sí, es crucial que el acta de matrimonio sea actualizada. Para lograr esto, el abogado a cargo del proceso judicial requerirá dicho ajuste en la misma petición de cambio de nombre o apellido.

Tengo un hijo por nacer, ¿Puedo iniciar el proceso?

Sí, es posible iniciar el proceso de cambio de nombre o apellido incluso si se tiene un hijo por nacer. Una vez que el hijo nazca, se puede solicitar al tribunal que el cambio se haga extensivo a su partida de nacimiento.

¿Cuál es el costo del trámite?

En cambiosdenombre.cl  el valor para mayores de 18 años es de $160.000,más gastos que ascienden a $50.000.
No hay otros costos o pagos asociados al proceso.
Para menores de edad el precio parte desde los $300.000 y se debe evaluar caso a caso.

¿Necesito ir a sus oficinas en Santiago para iniciar el proceso?

No, no es necesario. El proceso puede iniciarse desde cualquier parte de Chile o incluso desde el extranjero, lo que facilita el acceso al servicio para personas que no residen en Santiago.

Actualización de Documentos e Instituciones Post-Cambio

Una vez que el cambio de nombre o apellido ha sido aprobado y registrado en el Servicio de Registro Civil e Identificación, es fundamental actualizar la información en todas las demás instituciones y documentos oficiales. Este proceso es responsabilidad del cliente.

¿Cómo se actualiza el nombre en la cédula de identidad y pasaporte?

Una vez que el cambio de nombre o apellido es aprobado por sentencia judicial, se debe actualizar la cédula de identidad y el pasaporte. Esto se realiza solicitando nuevos documentos de identidad en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Generalmente, se requiere agendar una hora de atención y presentar la cédula de identidad vigente (o informar el RUN si no se tiene).

¿Cómo se actualiza la licencia de conducir?

Para actualizar la licencia de conducir después de un cambio de nombre o apellido, se debe solicitar un duplicado por cambio de información en la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la municipalidad correspondiente. 

¿Cómo se actualiza el nombre del propietario en el Servicio de Impuestos Internos (SII)?

Para actualizar el nombre del propietario en las bases de datos del Servicio de Impuestos Internos (SII) después de un cambio de nombre, se puede realizar el trámite en línea o presencialmente en una oficina del SII. 

¿Cómo se actualizan los datos en bancos y otras instituciones financieras?

Después de un cambio de nombre, es necesario actualizar los datos en las cuentas bancarias y otras instituciones financieras. Generalmente, esto implica dirigirse a la sucursal bancaria con la nueva cédula de identidad y el certificado de nacimiento rectificado. 

¿Cómo se actualizan los datos en ISAPRES y FONASA?

Para actualizar los datos en ISAPRES o FONASA tras un cambio de nombre, los afiliados deben ponerse en contacto con su respectiva institución de salud. En el caso de FONASA, se puede actualizar el nombre social o registral a través del sitio web en la sección «Mi Fonasa» o presencialmente en sus sucursales o ChileAtiende, presentando la cédula de identidad y otros documentos que acrediten el cambio.38 Las ISAPRES suelen tener opciones de actualización de datos personales a través de sus sucursales virtuales o contact centers.41

¿Cómo se actualizan los datos en las AFP?

Para actualizar los datos en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) después de un cambio de nombre, los afiliados pueden acceder a su sitio privado en la AFP correspondiente. Generalmente, se puede actualizar la información personal y de contacto a través de la sección «Tus datos» o similar. 

¿Cómo hago para iniciar el proceso?

Para iniciar el proceso lo ùnico que debes hacer es agendar una primera asesoría sin costo en el siguiente link: https://calendly.com/cambiosdenombre/consulta

La abogada te tomará los datos y te indicará las instrucciones para empezar.

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